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jueves, 9 de junio de 2011

Información completa para solicitar un visado de Reagrupación Familiar en el Consulado Español



Después de haber descrito de forma jocosa y en diversos capítulos lo que te puede suceder si pretendes que alguien de tu familia de China solicite la reagrupación familiar, he pensado que tal vez con mi experiencia “de campo” pueda ayudar a alguien que esté pensando en iniciar este trámite y que necesite información precisa y desinfectada de críticas a funcionarios y similar. Por eso he decidido dedicarle un artículo a la Reagrupación Familiar; qué es necesario para solicitarla desde China, aunque supongo que será ampliable a cualquier otro país, qué esperar al llegar al Consulado español y qué errores se deben dejar de cometer.

Para no meterme en territorio escabroso, me voy a limitar a lo que conozco, que es la de cónyuge, descendientes y ascendientes, y sólo para los casos en que el reagrupante (el que está en España) sea español.

Para empezar, si es tu cónyuge el que quiere venir a España para estar con su pareja casada, los trámites son muy sencillos y se resuelven muy rápido y sin problemas. Con mostrar documentación que certifique la identidad de ambas partes, el certificado de empadronamiento del que está en España, el libro de familia u otro documento que demuestre el enlace y algo que demuestre la convivencia previa de algún tipo (lo ideal un certificado de empadronamiento en la misma dirección que el que está en España), en unos pocos días conceden en visado especial que da derecho a ir a España. Una vez allí, hay que iniciar los trámites para solicitar la tarjeta de residencia, que permitirá disfrutar de los mismos derechos que un español, salvo el derecho a voto.

Para el caso de un descendiente menor de 21 años no hay tampoco mayor complejidad. Simplemente si es menor de edad necesitará una persona que lo represente y presente los papeles por él, tal vez alguna explicación de por qué está separado de los padres y pruebas de paternidad; es decir, documentación que pruebe la identidad de los intervinientes, empadronamiento del que está en España y documentación que pruebe la filiación. Se rumorea que hace unos años se solicitaba también una prueba de ADN “voluntaria” para demostrar la paternidad, pero me parece poco verídico; el momento de solicitar el visado no es el momento para dudar de la paternidad. Si se solicita a la hora de la inscripción en el registro civil o al inscribir en el libro de familia, puede ser comprensible, pero no en el momento de solicitar un visado.

Los casos más complicados se dan cuando los solicitantes del visado son los ascendientes o los descendientes mayores de 21 años, porque entonces se exige un requisito adicional: la dependencia económica. Es éste un concepto muy abstracto y esquivo que nunca se sabe cuándo se cumple o no. Legalmente existe un mandato al Ministerio de Interior para que decrete unos baremos o unas cifras que ayuden a saber cuándo existe esa dependencia y cuándo no. Pero, por supuesto, el Ministerio esto no lo ha hecho, ni lo hará, pues en ese caso se le quitaría poder discrecional de decisión a los Cónsules, y eso no gusta.

Una pista que nadie te dirá y que no verás en ningún lado para saber si se cumple o no el requisito de la dependencia económica es la siguiente: si el ascendiente o el descendiente mayor de 21 años recibe algún tipo de ingreso, sea el que sea, sea lo bajo que sea, aunque no dé ni para comer más de un par de días en el país en cuestión, se entiende que no existe dependencia. Da igual que tus padres reciban una pensión de 100 euros al mes y tú les envíes cada mes 1000, en un lugar donde es imposible vivir con menos de 500; ellos reciben un ingreso y el Consulado entenderá que no dependen de ti, sino de sus ingresos.

Por tanto, a la hora de solicitar el visado la documentación que se debe entregar es la siguiente:
  • la que identifique a las partes,
  • un juramento ante Notario del que está en España diciendo que está de acuerdo con esa solicitud ,
  •  la que demuestre los vínculos familiares,
  • el empadronamiento del residente en España,  
  • dos fotografías,
  • fotocopias de todas las hojas del pasaporte,
  • la que demuestre que se le ha estado enviando dinero regularmente al menos durante el último año
  • y, la más importante, la que demuestre que no están recibiendo ningún otro ingreso.
Quiero resaltar esto: si no se puede demostrar que no se está recibiendo ningún otro ingreso (porque realmente sea así), es mejor no intentarlo. Se acometerán gastos y más gastos con las legalizaciones de los papeles, traducciones, paseos al Consulado y demás sólo para recibir una denegación absoluta, y será inútil recurrir.

Advierto de esto porque en la información que aparece en la página web del Consulado de España en Beijing no se dice nada al respecto, y si llamas por teléfono te envían a la página web sin escucharte siquiera. Por email recibes la misma respuesta estándar: a la página web. Y la página web es capciosa, incompleta y no coincide con lo que dice el RD 240/2007, que es el que ellos aplicarán independientemente de la información que ofrecen al público.

 Un apunte para que los funcionarios que recogen la documentación no nos lleven a engaño (no suelen enterarse muy bien de este detalle). Si el reagrupante es español, no es necesario que éste solicite autorización previa alguna, ni presentar algún tipo de razón de por qué se quiere ir a España, ni se pide certificado médico o penal alguno, ni se puede cobrar por el visado. Si se solicita algo de esto, os intentan engañar, aunque sean involuntariamente. Y sé por experiencia que eso sucede.

Por último, más arriba vuelvo a publicar la hoja de documentación exigida para la solicitud de la Reagrupación Familiar. Es bueno echarle un vistazo y comprobar que se tiene toda la documentación pertinente antes de ir al Consulado, ya que en esta hoja sí que está toda la exigida, al contrario de la página web de información donde sólo exponen 5 documentos y un epígrafe al final recordando que “podrán solicitar cualquier otra documentación que consideren oportuna”. Si no quieres perder el tiempo, revisa esta lista. Mucha suerte.

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